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Calefacción central: quién decide, cómo se reparte y si puedes salirte

Ninguna ley española fija el día en que se encienden los radiadores. Lo decide tu comunidad, y de cómo lo deje escrito depende media temporada de discusiones.

Calefacción central: quién decide, cómo se reparte y si puedes salirte
Imagen generada con IA

¿Quién decide el día que se encienden los radiadores? La pregunta llega cada octubre al administrador, normalmente en forma de reproche, y casi siempre con dos respuestas equivocadas de fondo: ni la fija el Gobierno ni la decide quien más frío pasa. En España no existe un calendario estatal de encendido: la fecha, el horario y hasta la temperatura de consigna los aprueba la junta de propietarios, y el administrador se limita a ejecutar lo acordado.

Esa libertad tiene una contrapartida: todo lo que no se vota acaba discutido. Y este invierno hay una razón extra para llevar la calefacción al orden del día, porque hay una obligación técnica con fecha de caducidad que pilla a muchas comunidades sin enterarse.

Quién decide el encendido y el horario

La calefacción central es un servicio común, así que su régimen de funcionamiento se acuerda en junta con las mayorías ordinarias de la gestión del edificio. Si los estatutos o el reglamento de régimen interior ya fijan un horario, se aplica sin necesidad de volver a votarlo cada año; cuando no dicen nada (lo habitual), cada temporada se decide de nuevo. En la práctica, la mayoría de comunidades enciende entre mediados de octubre y primeros de noviembre, y apaga entre finales de abril y mayo. Pero ese "es lo normal" no sirve de defensa cuando alguien reclama.

Lo que sostiene una decisión es el acuerdo escrito.

Merece la pena votar los cuatro parámetros de una vez, y no solo la fecha:

  • El día de encendido y el de apagado de la temporada
  • Las franjas horarias de funcionamiento, incluidas las de fin de semana
  • La temperatura de referencia en zonas comunes y viviendas
  • Quién puede ordenar un encendido anticipado por una ola de frío

Ese último punto es el que ahorra más llamadas. Si el acta autoriza al presidente o al administrador a adelantar el encendido ante una bajada brusca de temperatura, nadie tiene que convocar una junta extraordinaria en noviembre para encender una caldera. Y conviene recordar que el mantenimiento de la instalación térmica es obligatorio conforme al RITE: la revisión se hace antes de la temporada, no cuando la caldera falla el primer día de frío.

Cómo se reparte el gasto entre parte fija y parte variable

Desde el Real Decreto 736/2020, los edificios con calefacción central deben contar con contadores individuales o repartidores de costes, de modo que cada vivienda pague en función de lo que realmente consume. Quedan fuera de la obligación los edificios de las zonas climáticas A y B y los casos en que la instalación no es técnica o económicamente viable, algo que debe acreditarse con un estudio, no darse por supuesto.

El recibo se parte entonces en dos: una parte variable, calculada con las lecturas de cada vivienda, y una parte fija que se reparte por coeficiente de participación. El criterio del Ministerio para aplicar el real decreto sitúa la parte fija entre el 25 % y el 40 % del total, y lo más extendido es un 35 % fijo frente a un 65 % variable. Esa parte fija no es un peaje caprichoso: cubre el mantenimiento, el consumo de zonas comunes y, sobre todo, el calor que se pierde por las columnas y los forjados y que calienta también al vecino que tiene las válvulas cerradas. Explicarlo antes de aprobar el reparto evita la mitad de las impugnaciones de la liquidación anual, porque el piso vacío todo el invierno recibe factura igualmente, y hay un motivo físico para ello.

Nota práctica: la facturación con el consumo real debe hacerse al menos una vez al año. Repartir solo por coeficiente cuando el edificio ya tiene repartidores instalados es un acuerdo atacable, por mucho que "siempre se haya hecho así".

La fecha que muchas comunidades no tienen en el calendario

Aquí está el detalle que conviene mirar esta temporada. Los sistemas de contabilización individual ya instalados deben permitir la lectura remota o ser sustituidos por otros que sí la permitan antes del 1 de enero de 2027. No es una recomendación: las comunidades autónomas inspeccionan y sancionan, con multas que se mueven en la horquilla de 1.000 a 10.000 euros según la gravedad.

Muchas comunidades instalaron repartidores hace ocho o diez años, cuando la lectura se hacía casa por casa con un técnico llamando al timbre. Esos equipos son precisamente los que hay que revisar. La consulta a la empresa mantenedora cuesta una llamada y responde a tres preguntas: si los aparatos actuales son de lectura remota, si admiten un módulo de radio o si hay que cambiarlos.

El momento de hacerlo es ahora, con la junta de otoño por delante. Si hay que sustituir equipos, la partida entra en el presupuesto del ejercicio siguiente y se reparte en cuotas ordinarias; si se deja para el otoño de 2026, se resuelve con una derrama de urgencia y con los instaladores desbordados. La diferencia entre las dos opciones son varios miles de euros y una junta tensa.

¿Puede un vecino desconectarse de la calefacción central?

Es la pregunta que más se repite y la que peor respuesta única tiene. La Ley de Propiedad Horizontal no regula expresamente la desconexión individual, y las audiencias provinciales no van todas en la misma dirección: algunas admiten que un propietario deje de consumir si no perjudica al servicio, otras exigen el visto bueno de la comunidad.

Lo que sí está asentado es lo económico. Quien se desconecta sigue obligado a los gastos de conservación, reparación y sustitución de la instalación común, porque la caldera y las columnas siguen siendo elementos comunes del edificio. Dejar de usar el servicio exonera del consumo, no del sostenimiento del inmueble que impone el artículo 9.1.e de la ley.

Distinto es suprimir el servicio para todo el edificio o sustituirlo por sistemas individuales: eso es la supresión de un servicio común de interés general y exige el voto favorable de tres quintas partes de los propietarios que representen tres quintas partes de las cuotas.

Si alguien plantea desconectarse, el camino que menos pleitos genera es siempre el mismo: informe técnico que acredite que la instalación sigue funcionando igual, acuerdo expreso en junta que fije qué seguirá pagando esa vivienda, y todo ello en el acta. Sin ese trámite, el vecino que corta por su cuenta suele acabar reconectando y pagando las costas.


Si solo haces una cosa antes de la junta de otoño, llama a la mantenedora y pregunta si tus repartidores leen en remoto. El calendario, las franjas y el reparto se votan y quedan en el acta; quien quiera salirse, que venga con su informe. En una comunidad que se gestiona sin administrador, ese acta es toda la red que hay.

Información actualizada. Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento legal.

Quién decide el encendido de la calefacción central, cómo se reparte el gasto entre parte fija y variable y qué pasa si un vecino quiere desconectarse.

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